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Entiende a fondo tu régimen de pensión

Interpretación experta del sistema de Seguridad Social traducida en decisiones financieras de alto impacto. Aquí profundizamos en lo que necesitas saber sobre tu pensión IMSS y la Modalidad 40, con el mismo rigor técnico con el que diseñamos cada estrategia patrimonial.

Información clave

Acerca de las pensiones

La ley que te corresponde depende de tu fecha de afiliación al IMSS. Identifica tu régimen y conoce requisitos, beneficios y variables de cálculo.

Si te afiliaste al IMSS antes del 1 de julio de 1997, te corresponde apegarte a la ley anterior, es decir, IMSS 1973.

Requisitos — Artículo 145, LSS 1973

  • Tener reconocido en el Instituto un mínimo de quinientas cotizaciones semanales.

  • Haber cumplido 60 años.

  • Quedar privado de trabajo remunerado.

  • Estar dentro de la conservación de derechos.
  • Beneficios de la pensión

  • Pensión mensual por parte del IMSS de manera vitalicia.

  • Retiro de SAR 92-97 e Infonavit de tu AFORE al momento de tu retiro.

  • Servicios médicos en el IMSS de manera vitalicia.

  • Aguinaldo en el mes de noviembre.

  • Préstamos sobre tu pensión, con financieras aliadas al IMSS.
  • Variables que influyen en el cálculo

  • Número de semanas cotizadas.

  • Edad de retiro.

  • Salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas.

  • Asignaciones familiares o asignaciones asistenciales.

  • Salario mínimo vigente al momento de la fecha de baja.
  • Conservación de derechos — Artículo 182

    Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen del seguro obligatorio conservarán los derechos adquiridos a pensiones en los seguros de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte, por un periodo igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja.

    ¿Cómo funciona? La cuarta parte de tus semanas cotizadas se suma a la fecha de baja para determinar la fecha de caducidad de derechos para una pensión.

    Recuperación de derechos — Artículo 183

    Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen del Seguro Social y reingrese a éste, se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores:
  • Si la interrupción no fue mayor de tres años, se le reconocerán todas sus cotizaciones.

  • Si la interrupción excede de tres años, pero no de seis, se le reconocerán al cubrir un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones.

  • Si el reingreso ocurre después de seis años, las cotizaciones se acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas en su nuevo aseguramiento.
  • Si te afiliaste al IMSS después del 1 de julio de 1997, te corresponde la Ley del Seguro Social 1997.

    Requisitos para pensionarse bajo la Ley IMSS 1997

  • Pensión por cesantía: tener de 60 a 64 años de edad.

  • Pensión por vejez: tener más de 65 años.

  • Tener mínimo 1,250 semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Pensión mínima garantizada

    Si cumples con los requisitos antes mencionados y en la AFORE no cuentas con suficientes fondos para financiar una pensión mínima, el Gobierno Federal te garantiza una pensión mínima equivalente a un salario mínimo vigente en la CDMX al mes.
    Continuación voluntaria

    Modalidad 40

    La Modalidad 40 o inscripción a la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio es una alternativa de cotización ante el IMSS en la que, a través de un seguro voluntario, el trabajador cubre sus aportaciones patronales, ya sea con el mismo último salario registrado o un salario superior de hasta 25 UMAs vigentes al año de su última baja, consiguiendo con una buena estrategia incrementar sus condiciones de pensión.

    Esto permite mejorar dos aspectos determinantes en el cálculo de pensión: el promedio salarial de los últimos 5 años cotizados y el número de semanas cotizadas.

    Requisitos para ingresar

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    ¿Listo para convertir tu pensión en estrategia patrimonial?

    Cuéntanos tu caso y diseñemos la ruta que maximiza lo que te corresponde — con el rigor de un análisis experto, no con el trámite genérico de una gestoría.

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